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    <title>DSpace Colección : Informes e investigaciones desarrolladas por el Consejo de Comunicación</title>
    <link>https://repositorio.consejodecomunicacion.gob.ec//handle/CONSEJO_REP/19</link>
    <description>Informes e investigaciones desarrolladas por el Consejo de Comunicación</description>
    <pubDate>Sat, 11 Apr 2026 12:27:38 GMT</pubDate>
    <dc:date>2026-04-11T12:27:38Z</dc:date>
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      <title>Informe especializado: Elementos que caracterizan a un contenido como discriminatorio por condición de pobreza-aporofobia</title>
      <link>https://repositorio.consejodecomunicacion.gob.ec//handle/CONSEJO_REP/10818</link>
      <description>Título : Informe especializado: Elementos que caracterizan a un contenido como discriminatorio por condición de pobreza-aporofobia
Autor : Consejo de Comunicación
Resumen : La pobreza es un problema estructural en la sociedad ecuatoriana; sin embargo, por diversos factores, se culpa y estigmatiza a las personas por su situación económica. Cuando este fenómeno social permea en los discursos que difunden los medios de comunicación, debido a la carga sociocultural de las prácticas, imaginarios e ideológica del lenguaje, puede repercutir en la vulneración de derechos de este grupo poblacional. Por ello, es importante caracterizar el fenómeno de la aporofobia para reducir su impacto.</description>
      <pubDate>Thu, 01 Jan 2026 00:00:00 GMT</pubDate>
      <guid isPermaLink="false">https://repositorio.consejodecomunicacion.gob.ec//handle/CONSEJO_REP/10818</guid>
      <dc:date>2026-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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    <item>
      <title>Metodología para evaluación de  contenidos comunicacionales presuntamente sexualmente explícitos</title>
      <link>https://repositorio.consejodecomunicacion.gob.ec//handle/CONSEJO_REP/10733</link>
      <description>Título : Metodología para evaluación de  contenidos comunicacionales presuntamente sexualmente explícitos
Autor : Consejo de Comunicación
Resumen : La metodología de evaluación de contenidos presuntamente sexualmente explícitos se genera en atención al artículo 68 la Ley Orgánica de Comunicación, que establece que todos los mensajes con este tipo de contenido, que sean difundidos por medios audiovisuales, que no tengan finalidad educativa, deben transmitirse necesariamente en horario para adultos. Así mismo, que, los contenidos educativos con imágenes sexualmente explícitas deben difundirse en las franjas horarias de responsabilidad compartida y de apto para todo público, teniendo en cuenta que este material sea debidamente contextualizado para las audiencias de estas dos franjas (LOC, 2022, Art. 68)&#xD;
En este marco, el Consejo de Comunicación elabora este instrumento técnico - metodológico de análisis con el objetivo de precautelar el principio de interés superior de niñas, niños y adolescentes, debido al nivel de afectación que este tipo de contenidos podría generar en sus diferentes etapas de desarrollo psicosexual. Así como para determinar si un contenido comunicacional ha incurrido o no en esta vulneración de derechos.&#xD;
Esta metodología se sustenta en una “Fundamentación”, misma que, si es de su interés, puede solicitarla al correo: info@consejodecomunicacion.gob.ec</description>
      <pubDate>Wed, 01 Jan 2025 00:00:00 GMT</pubDate>
      <guid isPermaLink="false">https://repositorio.consejodecomunicacion.gob.ec//handle/CONSEJO_REP/10733</guid>
      <dc:date>2025-01-01T00:00:00Z</dc:date>
    </item>
    <item>
      <title>Metodología de evaluación de contenidos para la verificación de otras presuntas vulneraciones de derechos a la información y comunicación</title>
      <link>https://repositorio.consejodecomunicacion.gob.ec//handle/CONSEJO_REP/10700</link>
      <description>Título : Metodología de evaluación de contenidos para la verificación de otras presuntas vulneraciones de derechos a la información y comunicación
Autor : Consejo de Comunicación
Resumen : El Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación (Consejo de Comunicación), consciente de la importancia del ejercicio del derecho a la libertad de expresión con responsabilidad, así como de los derechos a la información y comunicación, y demás derechos conexos, reconocidos en la Constitución del Ecuador y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, en cumplimiento de las disposiciones señaladas en la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley de Comunicación (LOC, 2022), así como en la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Loipevm, 2018), diseña, desarrolla y aplica, diversos instrumentos, mecanismos y herramientas para promover, promocionar y fomentar una comunicación de calidad, que evite vulnerar los derechos. Entre otras herramientas que el Consejo de Comunicación ha desarrollado, se encuentran las metodologías de evaluación de contenidos comunicacionales. Con el objetivo de mantener una línea de trabajo que identifique este tipo de vulneraciones y argumente la forma en que estas narrativas afectan los derechos de las personas, elabora este documento denominado: “Metodología de evaluación de contenidos para la verificación de otras presuntas vulneraciones de derechos a la información y comunicación”, mismo que se constituye en una herramienta técnico-metodológica complementaria a las ya existentes</description>
      <pubDate>Wed, 01 Jan 2025 00:00:00 GMT</pubDate>
      <guid isPermaLink="false">https://repositorio.consejodecomunicacion.gob.ec//handle/CONSEJO_REP/10700</guid>
      <dc:date>2025-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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      <title>Elementos que caracterizan a un contenido como discriminatorio por razones de pasado judicial</title>
      <link>https://repositorio.consejodecomunicacion.gob.ec//handle/CONSEJO_REP/10066</link>
      <description>Título : Elementos que caracterizan a un contenido como discriminatorio por razones de pasado judicial
Autor : Consejo de Comunicación; Vizuete, Carlos; Martínez, Paola; Ordoñez, Andrea; Mier, Andrés
Resumen : La Constitución de la República del Ecuador [CRE] (2008) determina que todas las personas son iguales y gozan de los mismos derechos, deberes y oportunidades, especificando que “nadie podrá ser discriminado por razones de (…) pasado judicial, (…); ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos” (art. 11). Además, determina que la ley sancionará toda forma de discriminación.&#xD;
A pesar de aquello, en la actualidad, “es lamentable encontrarnos con la realidad dentro del ámbito laboral de las personas exconvictas que por su pasado judicial terminan desempeñando actividades de total precariedad, lo que indica la presencia de discriminación o prejuicios en el ambiente de trabajo” (Muñoz, 2021, p. 29).&#xD;
El pasado judicial “genera una consecuencia negativa inmediata que se visualiza al momento de que el penado pretende obtener un trabajo” (Carnevale, 2018, p. 1), por lo cual se ha convertido en un impedimento que la sociedad impone a las personas y que las ubica “en una situación adversa muy complicada de revertir” (Muñoz, 2021, p. 32).&#xD;
Cuando los medios difunden información en torno a los procesos penales de una persona, a pesar de fundamentarse en el derecho a la libertad de expresión, un mal manejo de la misma podría implicar serias vulneraciones de derechos (García, 2019).&#xD;
Con el propósito de profundizar en el estudio de los elementos que configuran un contenido como discriminatorio en razón del pasado judicial de una persona, aportar a su entendimiento y tratamiento mediático, el Consejo de Comunicación elabora el presente informe especializado, como una herramienta que permita el ejercicio pleno de las libertades de prensa, de opinión, de expresión, en todas sus dimensiones, y los derechos de información y comunicación reconocidos en la Constitución la República del Ecuador y los instrumentos internacionales de derechos humanos.</description>
      <pubDate>Tue, 01 Jul 2025 00:00:00 GMT</pubDate>
      <guid isPermaLink="false">https://repositorio.consejodecomunicacion.gob.ec//handle/CONSEJO_REP/10066</guid>
      <dc:date>2025-07-01T00:00:00Z</dc:date>
    </item>
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