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dc.contributor.authorCorte Interamericana de Derechos Humanos [Corte IDH]-
dc.date.accessioned2021-11-11T16:03:05Z-
dc.date.available2021-11-11T16:03:05Z-
dc.date.issued2009-01-27-
dc.identifier.citationCorte Interamericana de Derechos Humanos [Corte IDH]. Caso Tristán Donoso vs. Panamá. Sentencia del 27 de enero de 2009. Serie C No. 193. https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_193_esp.pdfes_ES
dc.identifier.urihttps://repositorio.consejodecomunicacion.gob.ec//handle/CONSEJO_REP/291-
dc.description.abstractEl 28 de agosto de 2007, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 y 61 de la Convención Americana, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) sometió a la Corte una demanda en contra de la República de Panamá (en adelante “el Estado” o “Panamá”), la cual se originó en la petición presentada el 4 de julio de 2000 por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (en adelante “los representantes” o “CEJIL”), representantes de Santander Tristán Donoso, la presunta víctima en el presente caso (en adelante “señor Tristán Donoso” o “la presunta víctima”). El 24 de octubre de 2002 la Comisión declaró admisible el caso mediante el Informe No. 71/02 y el 26 de octubre de 2006 aprobó el Informe de Fondo No. 114/06, en los términos del artículo 50 de la Convención, que contenía determinadas recomendaciones para el Estado. Este informe fue notificado al Estado el 28 de noviembre de 2006 y se le concedió un plazo de dos meses para comunicar las acciones emprendidas con el propósito de implementar las recomendaciones de la Comisión. Una vez “[v]encidas las prórrogas otorgadas […], y dada la falta de respuesta del Estado […] respecto del cumplimiento [de] las recomendaciones del Informe de Fondo”, la Comisión decidió someter el caso a la jurisdicción de la Corte. La Comisión designó como delegados a los señores Paulo Sérgio Pinheiro, Comisionado, Santiago A. Canton, Secretario Ejecutivo, e Ignacio Álvarez, entonces Relator Especial para la Libertad de Expresión, y como asesores legales a los abogados Elizabeth Abi-Mershed, Lilly Ching, Christina Cerna y Carlos Zelada.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherCorte Interamericana de Derechos Humanos [Corte IDH]es_ES
dc.subjectdelito contra el honores_ES
dc.subjectprotección de honra y dignidades_ES
dc.subjectPanamáes_ES
dc.subjectCorte IDHes_ES
dc.titleCaso Tristán Donoso vs. Panamáes_ES
Aparece en las colecciones: Documentos internacionales sobre libertad de expresión y derechos conexos

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