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https://repositorio.consejodecomunicacion.gob.ec//handle/CONSEJO_REP/422
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Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.author | Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas | - |
dc.date.accessioned | 2021-11-25T13:42:08Z | - |
dc.date.available | 2021-11-25T13:42:08Z | - |
dc.date.issued | 2007-08-10 | - |
dc.identifier.citation | Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas. (2007). Informe del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. 10 de agosto de 2007. https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=dtYoAzPhJ4NMy4Lu1TOebNIPanAcvj0KOsb8aDWmyWZgU%2fQPCDPI1ni6l2nUW%2fXhm1WxmahnCrWRFfsE3KevofE18KvgpGHYzf6Xlj%2fqZF6Aab99QOPqhcaZxJapuDii | es_ES |
dc.identifier.uri | https://repositorio.consejodecomunicacion.gob.ec//handle/CONSEJO_REP/422 | - |
dc.description.abstract | El Comité recuerda su decisión 36/I, en la que previó que para poder ejercer eficaz y oportunamente todas sus responsabilidades más allá del bienio 2006/2007 necesitaría que también se le asignara más tiempo de reunión en 2008 y años posteriores. El Comité ha iniciado una evaluación de la situación de la presentación de informes de conformidad con el artículo 18 de la Convención y, en particular, del número de informes que aún están pendientes de examen, las previsiones de disponibilidad de informes en el futuro y la petición del Comité a los Estados Partes que tienen un largo atraso en la presentación de sus informes iniciales de que presenten esos informes en un plazo determinado. La conclusión del Comité es que, debido a su carga de trabajo, a la que se suman las demás responsabilidades de conformidad con la Convención y su Protocolo Facultativo, es necesario que el Comité tenga la oportunidad de celebrar tres períodos de sesiones por año, al menos uno de los cuales celebrará reuniones paralelas en salas distintas. Esa ampliación del tiempo de reunión permitirá al Comité eliminar la demora en los informes pendientes de examen, garantizar que los nuevos informes presentados se examinen oportunamente, mejorará su empeño en supervisar la aplicación de la Convención en los Estados Partes con grandes retrasos en la presentación de informes y cumplir todas las demás responsabilidades que le incumben de conformidad con la Convención y su Protocolo Facultativo. | es_ES |
dc.language.iso | es | es_ES |
dc.publisher | Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas | es_ES |
dc.subject | comité | es_ES |
dc.subject | CEDAW | es_ES |
dc.subject | mujeres | es_ES |
dc.title | Informe del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas 2007 | es_ES |
Aparece en las colecciones: | Documentos internacionales sobre libertad de expresión y derechos conexos |
Ficheros en este ítem:
Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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INFORME CEDAW 2007.pdf | 2,09 MB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
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